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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica absolución en caso de homicidio
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que absolvió a un hombre acusado de la muerte de un individuo de 39 años en un salón de juegos de Huelva en abril de 2019. La decisión del TSJA se basa en la apreciación de circunstancias eximentes de legítima defensa y miedo insuperable. Esta resolución se hizo pública el pasado 29 de junio, tras desestimar los recursos de apelación interpuestos por la madre y la pareja de la víctima.
A pesar de la absolución del acusado en relación a la acusación de homicidio, el TSJA estableció que debía indemnizar con 73.950 euros a la madre, a la pareja sentimental y al hijo menor de edad de la víctima. Esta compensación económica contrasta con el veredicto del jurado popular, que consideró que la víctima había amenazado al acusado y lo había agredido previamente, lo que justificó su actuación en defensa propia.
Contexto de la agresión y el veredicto del jurado
Los hechos ocurrieron el 10 de abril de 2019, cuando el acusado y el fallecido, quienes mantenían una relación de amistad que se tornó tensa tras la relación del primero con la expareja del segundo, se encontraron en el salón de juegos. La situación se tornó violenta cuando la víctima, tras conocer la presencia del acusado en el local, regresó armado con un cuchillo de aproximadamente quince centímetros. Según el jurado, el fallecido agredió al acusado, lo que llevó a un forcejeo entre ambos.
En medio de esta confrontación, la víctima sacó el cuchillo y, en un momento de desesperación, el acusado logró apoderarse del arma y lo apuñaló en un intento de defenderse. A pesar de que el herido fue trasladado a un centro médico, falleció horas más tarde. La Audiencia Provincial de Huelva determinó que aunque los hechos constituían un delito de homicidio, las circunstancias de legítima defensa y miedo insuperable eran aplicables en este caso, lo que llevó a la absolución del acusado.
El TSJA y la posibilidad de nulidad de la sentencia
En los recursos presentados por las acusaciones particulares, se alegó un error en la valoración de las pruebas y se solicitó la nulidad de la sentencia. Sin embargo, el TSJA dejó claro que la posibilidad de anular una sentencia absolutoria es un asunto excepcional y que no puede llevar al acusado a un doble juicio por razones que no le son imputables. La jurisprudencia establece que una nueva nulidad solo es posible en situaciones donde se haya producido un quebrantamiento significativo de las garantías procesales.
El TSJA también enfatizó que, aunque existan dudas sobre la versión de los hechos ofrecida por el jurado, esto no es suficiente para declarar errónea la decisión. El tribunal argumentó que para anular el veredicto, se requiere una falta de racionalidad evidente en la conclusión del jurado, algo que no se observó en este caso. La sentencia del TSJA, que puede ser objeto de apelación ante el Tribunal Supremo, reafirma la validez del proceso judicial seguido y la legitimidad del veredicto del jurado popular.
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