
Los residentes de las barriadas Hacienda San Antonio y Hacienda El Rosario, que forman parte de Sevilla capital, han expresado su preocupación por el crematorio propuesto por Gesser Montesierras en la calle Palmetillo Cuatro, en el término municipal de Alcalá de Guadaíra, pero muy cercano a sus viviendas. En sus recientes alegaciones dirigidas al Ayuntamiento de Alcalá, bajo la dirección de la socialista Ana Isabel Jiménez y Andalucía por Sí, los vecinos advierten sobre “la incidencia de los humos y vapores tóxicos sobre la población” y la “peligrosidad intrínseca de los contaminantes”.
El colectivo afectado ha presentado alegaciones en el marco de un recurso extraordinario de revisión contra la calificación ambiental favorable otorgada por el Ayuntamiento de Alcalá en relación al proyecto. Este grupo ha señalado que la autorización del crematorio se ha concedido en una zona cercana a viviendas de Sevilla capital, así como a comercios, centros educativos y deportivos, y en un área donde se prevé la construcción de cientos de viviendas sociales para personas vulnerables, promovidas por Emvisesa.
Preocupaciones sobre la calidad del aire
Recientemente, los vecinos han alertado sobre la presencia de “malos olores” en sus viviendas, incluso describiendo un olor a “carne quemada”. Además, han denunciado una posible “arbitrariedad en los criterios de compatibilidad” aplicados al tanatorio ubicado en la calle Dinamarca, en comparación con el crematorio de Palmetillo. Ambos proyectos están situados en suelos clasificados como “sector industrial grado 2”, pero el informe técnico para la calle Dinamarca establece la incompatibilidad del uso de crematorio, mientras que el de Palmetillo recibió una resolución favorable.
El Ayuntamiento ha respondido que, aunque la calle Dinamarca se encuentra en una zona prohibida por la Ordenanza Municipal, la calle Palmetillo Cuatro está fuera de esta restricción, lo que, según ellos, elimina cualquier incoherencia. Aseguran que el proyecto cumple con todos los requisitos normativos, incluyendo evaluaciones de impacto en la salud y autorizaciones de emisiones a la atmósfera.
Argumentos legales y normativos
En sus nuevas alegaciones, el colectivo de afectados ha señalado un “vicio de nulidad en la licencia de utilización y licencia de actividad”, argumentando que el artículo 15 de la ordenanza municipal, en el momento de la concesión, estipulaba que los crematorios y tanatorios debían estar ubicados dentro de un cementerio. Los vecinos sostienen que en el área proyectada para el crematorio no existe ningún cementerio cercano, lo que, junto a la modificación posterior de la ordenanza, hace que el acto administrativo sea inválido desde su origen.
Asimismo, han indicado que no se realizaron las verificaciones urbanísticas necesarias para confirmar la existencia de un cementerio en las proximidades del proyecto, lo que refuerza su argumento de nulidad. El colectivo también cuestiona la forma en que se notificó el proyecto a los residentes colindantes, argumentando que la información proporcionada fue insuficiente, especialmente considerando la alarma social y medioambiental que genera la instalación de un crematorio cerca de núcleos poblacionales.
Impacto en la salud y el medio ambiente
El grupo de afectados ha hecho hincapié en la “incidencia de los humos y vapores tóxicos” sobre la población cercana al crematorio, señalando que la empresa no proporcionó información sobre la población real en la zona ni el contexto socioeconómico en un radio de 1.000 metros del foco de emisión. Destacan que el barrio de Torreblanca es un área de especial vulnerabilidad, rodeada por carreteras con alto tráfico y otras actividades industriales que deterioran la calidad del aire.
La preocupación por la “peligrosidad intrínseca de los contaminantes” y la falta de datos reales sobre la situación actual y la composición de los gases de escape han llevado a los vecinos a solicitar la anulación de la calificación ambiental concedida al proyecto. Argumentan que la ausencia de un análisis exhaustivo de los impactos en la salud justifica su demanda de revisión y anulación de las licencias otorgadas.
