
MÁLAGA, 27 – El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena impuesta por la Audiencia de Málaga a cinco individuos por facilitar la prostitución de mujeres migrantes originarias de países africanos, principalmente de Nigeria, a quienes trataban «como mercancía». De este modo, se ha desestimado el recurso de apelación presentado por algunas de las defensas.
Según lo establecido por la Sección Octava de Málaga, ahora confirmado por el TSJA, estas mujeres llegaban a España siguiendo una ruta migratoria específica: Nigeria-Níger-Libia-Argelia-Italia. Una vez en el país, eran «cosificadas» por los acusados, quienes las trasladaban de un lugar a otro, e incluso a otros países, según su conveniencia.
Detenciones y pruebas de explotación
Una de las acusadas, desde al menos el verano de 2017, facilitó la prostitución de una menor, consciente de que tenía 14 años. Esta menor ejerció la prostitución primero en Marbella y, posteriormente, en un polígono de Málaga capital a partir de noviembre. Era trasladada junto a otras mujeres en vehículos conducidos por ciudadanos nigerianos, quienes eran avisados por la acusada, que también ejercía la prostitución y controlaba a la menor en todo momento, además de proporcionar alojamiento a ella y a otras mujeres.
La sentencia destaca que todas las mujeres alojadas por esta acusada eran de nacionalidad nigeriana, muchas de ellas sin documentación y solicitantes de asilo. Además, no eran propietarias de sus pertenencias, como los teléfonos móviles que utilizaban.
Roles de los acusados y evidencias de criminalidad
Otro de los acusados se encargaba de recoger el dinero ganado por las mujeres, que era entregado a la acusada mencionada anteriormente. Este individuo también se ocupaba de recargar los teléfonos móviles de las chicas y de algunos traslados. Durante una vigilancia policial, se le intervino una libreta con anotaciones de cantidades de dinero relacionadas con pagos realizados por las mujeres. Este acusado mantenía una relación cercana con la acusada que controlaba a la menor.
Las conversaciones telefónicas intervenidas revelaron el interés por la rentabilidad del trabajo de las mujeres y su descontento por el hecho de que todo el dinero se destinara al transporte de las mismas. En los teléfonos de las mujeres se encontraron registros de llamadas a este acusado.
Asimismo, otro de los acusados era responsable de recibir a las mujeres en Málaga tras su captación y asignarlas a los domicilios de otros, incluyendo a un procesado que también alojó a otras nigerianas sin documentos. La quinta acusada acompañó a una mujer que viajó a Málaga desde Palma de Mallorca, trasladándola para que trabajara para uno de los acusados, controlándola en todo momento mientras ambas ejercían la prostitución en el polígono.
Sentencias y condenas
El Tribunal consideró probado que estas mujeres tenían una incapacidad para mudarse a otro lugar o abandonar la actividad de la prostitución, además de enfrentar dificultades para comunicarse en español, lo que evidenciaba su aislamiento social. En los registros realizados se hallaron pasaportes falsificados, libretas con números de teléfono relacionados con la actividad y agendas que detallaban la contabilidad de los pagos.
La sentencia condenó a dos de los acusados por un delito de trata de seres humanos en concurso con otro de prostitución a siete años y medio de prisión. La acusada que facilitó la prostitución de la menor fue condenada a cinco años y seis meses de prisión. Otro acusado recibió una pena de dos años y diez meses por prostitución de mayor de edad vulnerable, mientras que el último fue condenado a un año y cinco meses por falsedad en documento oficial.
El TSJA desestimó los argumentos de las defensas, señalando que resultaba «casi patético» apelar a la bondad y empatía hacia la joven que se alegaba que sentía la acusada, justificando su alojamiento en la actividad delictiva. En cuanto a los demás acusados que recurrieron, se rechazaron igualmente sus recursos, considerando que existía prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, confirmando así la sentencia en su totalidad.
