sábado, octubre 24

La AN decide mantener en libertad provisional al guía condenado por agresión sexual con medidas cautelares

SEVILLA, 21

La Audiencia Nacional ha decidido mantener en libertad provisional al guía turístico sevillano Manuel Gerardo B.V., quien ha sido condenado a 9 años de prisión por delitos de agresión sexual cometidos contra tres jóvenes estudiantes estadounidenses. Estos delitos ocurrieron mientras las víctimas participaban en viajes organizados por la empresa «Discover Excursions» en Marruecos y Portugal entre 2013 y 2017.

En un auto emitido el pasado miércoles, el tribunal accedió a las solicitudes de la Fiscalía, que abogaba por mantener al condenado bajo ciertas obligaciones, como comparecencias semanales en sede judicial, la prohibición de salir de España y la retirada de su pasaporte. Esta decisión se tomó a pesar de que la acusación particular había solicitado la prisión provisional del inculpado, argumentando un posible riesgo de fuga.

Medidas Impuestas por el Tribunal

El tribunal ha determinado que Manuel Gerardo B.V. permanecerá en libertad provisional, pero bajo estrictas condiciones. Estas incluyen la retirada de su pasaporte, la prohibición de salir del país y la obligación de presentarse semanalmente ante la autoridad judicial. La decisión se basa en el hecho de que, durante la instrucción del caso, el acusado cumplió con medidas similares sin intentar fugarse.

La sala ha señalado que, aunque la situación procesal ha cambiado tras la sentencia condenatoria, esta aún no es firme. Además, se ha destacado que el acusado ha comparecido siempre que fue citado y ha cumplido con todas las obligaciones impuestas, lo que, según el tribunal, no incrementa el riesgo de fuga.

Detalles de la Sentencia

La sentencia impone a Manuel Gerardo B.V. una pena de seis años de prisión por un delito de agresión sexual, con la atenuante de dilaciones indebidas, en relación a la primera denunciante del caso, así como dos penas de un año y medio por agresiones sexuales a las otras dos víctimas. Además, se le prohíbe ejercer como guía turístico durante siete años y medio y se le condena a indemnizar a la primera víctima con 40.000 euros y a las otras dos con 1.500 euros cada una.

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Asimismo, el tribunal ha impuesto siete años y medio de libertad vigilada tras cumplir la pena, junto con seis años de prohibición de acercarse a la primera víctima y un año de alejamiento respecto a las otras dos víctimas. La sentencia es susceptible de recurso de apelación.

Hechos Probados

La sentencia detalla que, durante un viaje a Marruecos en noviembre de 2013, el acusado se acercó a la primera denunciante y a sus compañeras en un hotel de Tánger. Les propuso tomar champán en su habitación y, tras jugar a «verdad o atrevimiento», el acusado realizó actos que llevaron a la agresión sexual. La víctima, tras sentirse cansada y quedarse dormida, se despertó sola en la habitación, donde el acusado la agredió.

En relación a las otras dos víctimas, la sentencia relata que, durante un viaje a Lagos en mayo de 2017, el acusado las invitó a su habitación bajo la premisa de una fiesta. Una vez allí, las jóvenes se dieron cuenta de que no había más invitados y el acusado intentó llevar a cabo actos de contenido sexual, inmovilizándolas en un rincón de la habitación. Las víctimas lograron finalmente salir, pero no sin antes haber sido sometidas a situaciones de coerción.